Cuánto cobraré de indemnización por despido

En nuestro post anterior, hablamos de los días que nos correspondía cobrar por año de servicio. Esta vez, explicaremos cómo calcular cuánto cobraré de indemnización por despido.

Bien, en primer lugar aclarar que la indemnización por despido depende de varias premisas:

  • Obviamente del salario del trabajador
  • De su antigüedad en la empresa
  • Y del tipo de despido del que ha sido causa, esto es, objetivo (20 días) o improcedente (33/45 días).

Lo primero que tenemos que calcular es el SALARIO DIARIO que cobra el trabajador.
La manera de hacerlo es tomando el importe bruto de las últimas doce últimas incluyendo las pagas extraordinarias sino están prorrateadas.

Se suman todos los importes lo cual nos dará el SALARIO BRUTO ANUAL y lo dividimos entre 12 para conocer el SALARIO BRUTO MENSUAL. Luego dividiremos entre 30 para conocer el SALARIO DIARIO.

Una vez tenemos todos los datos, la manera mas sencilla de hacerlo es mediante una regla de tres: si por un año tenemos derecho a 33/45 días de indemnización, por tantos meses tengo derecho a X. El resultado lo multiplicaremos por el SALARIO DIA anteriormente obtenido y el resultado de dicha operación será la indemnización que aproximadamente nos corresponde.

Importante recordar que la indemnización no puede superar el límite marcado por la ley de 42/24 mensualidades.

Veamos con un ejemplo:

Lucía trabaja en su empresa desde el 1 de enero de 2014. Cobra un salario de 1.200€ brutos mensuales en 14 pagas. Fue despedida el 1 de agosto de 2016.

  • SALARIO BRUTO ANUAL: 1.200€x14= 16.800€
  • SALARIO BRUTO MENSUAL: 16.800€/12= 1.400€
  • SALARIO DIARIO:1.400€/30= 46,6€

Del 1 enero de 2014 al 1 de enero de 2016: 2 años.

Como el contrato es posterior al 12.2.12 la indemnización que le corresponde a Lucía es de 33 días por año de servicio.

2 años: 66 días x 46,6: 3.075,6€

Del 1 de enero de 2016 a 1 de agosto de 2016: 7 meses. Aplicamos la regla de tres:

365_____33 días

210_____ x

X= 18,98 días x 46,6= 884,76€

Así entonces le corresponden 3.960,36€ (3.075,6€ +884,76€)

Cualquier aclaración no duden en contactar con nuestro despacho Sopena & Associats, Abogados Mataró, Girona y Barcelona.

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