PENSIÓN DE ALIMENTOS

PENSIÓN DE ALIMENTOS EN CASO DE SEPARACIÓN O DIVORCIO

¿Qué incluye la pensión de alimentos?

Cuando hablamos de la pensión de alimentos nos estamos refiriendo a alimentos en sentido amplio. Es decir, todo aquello que sea indispensable para el mantenimiento, la vivienda, el vestir, la asistencia médica, así como también los gastos de formación; y no solamente la comida.
En este sentido, y para los que quieran profundizar más, les dejamos un link directo a los artículos del Código Civil Catalán que se refieren a la pensión de alimentos y que son de aplicacion para aquellos que  tengan vecindad civil catalana.

En este caso concreto, cuando lo que se discute es la pensión de alimentos en caso de separación o divorcio, las dos primeras cosas que deben tener presente los progenitores son:

  1. En la medida de lo posible, los hijos deberían mantener el mismo nivel de vida que antes de la ruptura de sus padres. Claro está, «sin ahogarse».
  2. La pensión es para los hijos, no para cualquiera de los padres. En una separación/divorcio todas las partes siempre salen perdiendo y, si esto se tiene en cuenta, será más fácil poder llegar a un acuerdo bueno para ambos.

Para poder calcular la pensión de alimentos, desde Sopena & Associats, lo primero que le vamos a aconsejar y solicitar,  es que desde el primer momento guarden toda aquella documentación que haga referencia a sus ingresos (nómina y otros) y gastos (alquiler, vehículos, tiques del supermercado, escuela, suministros, etc.) para que a la hora de cuantificar la pensión de alimentos con su ex pareja les sea más fácil negociar una pensión a la alza o a la baja. La idea es conseguir un equilibrio que no perjudique a ninguna de las partes y que asegure la protección de los menores.

¿Existe una pensión de alimentos mínima en caso de separación o divorcio?
La respuesta es negativa. La pensión de alimentos puede oscilar en lo más mínimo hasta límites impensables, siempre teniendo en cuenta el nivel de vida que llevaba la familia antes de la separación o divorcio; las necesidades de los menores, así como las posibilidades económicas reales de los progenitores al momento de la efectiva separación; por ello es  imposible darles una respuesta sin conocer cada caso concreto.

¿Qué son los gastos ordinarios o extraordinarios?
Según la doctrina y a grandes rasgos, entendemos como gasto ordinario todo aquel gasto fijo mensual, que se refiere al vestido, la sanidad, la habitación (vivienda) y la educación.
Por otro lado, la definición de gasto extraordinario no incluye ninguna numeración sino que se entiende que son aquellos que se produzcan de forma imprevisible y resulten, además, necesarios.

No obstante, es importante que tengan en cuenta que LOS PACTOS ENTRE LAS PARTES SIEMPRE PREVALECEN POR ENCIMA DE TODO –, dentro de la legalidad- y que los progenitores a la hora de establecer la pensión de alimentos en caso de separación o divorcio, pueden pactar en un convenio de mutuo acuerdo, qué debe entenderse por gasto ordinario o extraordinario y qué cantidad debe pagarse por cada cosa concreta.  Por poner un ejemplo, los progenitores podrían pactar que los gastos escolares  (AMPA, matricula, libros, excursiones) no se contabilizasen como ordinarios y por lo tanto no estar incluidos dentro de una cantidad mensual fija, sino que fueran extraordinarios y pagarlos a medias, o en la proporción que pactasen

Si desean alguna aclaracion o quieren iniciar un procedimiento de separación o divorcio no duden en contactar con nosotros, ya sea telefónicamente o a través del formulario  de nuestra página web.

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