¿QUÉ PASA CON LAS EMPLEADAS DEL HOGAR Y CORONAVIRUS?

Sin duda, estamos ante un colectivo muy vulnerable pues la mayoría ni siquiera están contratadas y cobran por horas, de forma extraoficial. 

Pese a las medidas adoptadas por el Gobierno, su situación sigue siendo absolutamente precaria, precisamente porque esas medidas van destinadas a aquellas empleadas de hogar que estén CONTRATADAS, dejando fuera a nuestro criterio, a la inmensa mayoría de ellas.

Para las que sí tengan contrato de trabajo, por lo tanto que cotizan a la Seguridad Social, y que antes tampoco tenían derecho a prestación por desempleo, hoy, con el estado de alarma SÍ que tendrían derecho a  un subsidio extraordinario si cesan en su actividad para reducir el riesgo de contagio.

¿¿Que se necesita para acceder a estas prestaciones??

  • una declaración responsable firmada por el empleador, 
  • o bien la carta de despido,  
  • o «la comunicación de desistimiento o la baja en el Sistema Especial de Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social». 

¿¿Cuándo nace el derecho a la prestación?

A partir de la fecha de baja en la Seguridad Social o desde la fecha que figure en la declaración responsable.

Cuantía de la ayuda:

La ayuda extraordinaria consistirá en el 70% del salario bruto  y se tendrán en cuenta las bases reguladoras de los distintos trabajos, pues es un colectivo que habitualmente prestan sus servicios en distintas viviendas. El subsidio tendrá una duración temporal de un mes y se podrá prorrogar hasta que lo establezca la Administración.

Otras ayudas: 

Hay medidas dictadas por el Gobierno que indirectamente pueden serles de mucha ayuda:

Véase enlace:

https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/resumenes/Paginas/2020/310320-cministros.aspx

Las más interesantes son:

  • Prohibición del  corte de suministros de electricidad, gas y agua a todos los hogares durante el periodo que se prolongue el estado de alarma, salvo por motivos ligados a la seguridad del suministro.
  • Respecto del Pago alquiler publicaremos próximamente un Post especifico
  • Moratoria créditos de consumo: 
  • Disponibilidad de los planes de pensiones privados sin pagar a Hacienda en los siguientes supuestos: afectados por ERTE, cese del negocio y autónomos que hubiesen estado previamente integrados  en el régimen de la Seguridad Social. 

En cualquier, hemos estado leyendo varios artículos donde afirmaban que existen unas 400.000 empleadas del hogar en España con contrato y unas 180.000 trabajando en lo que comúnmente denominados en negro. 

No podemos estar de acuerdo con esta estadística que tanto se repite en internet, porque entendemos que la realidad es bien distinta. Existen cientos de miles mas que pertenecen a esta segunda categoría.

¿Qué opciones REALES tienen?

Que sus empleadores sigan pagándoles una pequeña parte que les ayude a superar esta crisis y a SOBREVIVIR.

Insistimos que la buena voluntad y la SOLIDARIDAD en estos momentos son fundamentales.

Cualquier información adicional sobre este asunto o cualquier otro, seguimos a su entera  disposición en Abogados Sopena i Associats:

Vía email: sopenaiassociats@gmail.com

Vía teléfono: 937985393

Vía movil: 620750811 

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