USO DEL DOMICILIO FAMILIAR EN CASO DE DIVORCIO O SEPARACIÓN

Cuando nos separamos o nos divorciamos, una de las dudas que mas frecuentemente nos acechan es ¿Que sucederá con nuestra casa? ¿Quien se la quedará? ¿Podremos venderla? ¿Tendremos que asumir la mitad de los gastos que suponen su mantenimiento aunque no vivamos en ella? USO DEL DOMICILIO FAMILIAR EN CASO DE DIVORCIO.

Este post se publica a petición de uno de nuestros seguidores, aunque avanzamos que es un tema muy amplio del que únicamente podremos hacer alguna pincelada.

Hay varias circunstancias a tener en cuenta al respecto a la hora del uso del domicilio familiar en caso de divorcio o separación. En caso de no mediar acuerdo, el Juez deberá decidir la atribución del uso atendiendo principalmente el Interés mas necesitado de protección y deberá decidir también quien asume las cargas familiares relativas al sostenimiento de esa propiedad.

Como en todo, pueden darse miles de supuestos: que uno de los dos progenitores no trabaje de forma temporal, que uno de los dos tenga otra propiedad a la que agarrarse, que los hijos queden en custodia exclusiva a cargo de uno solo de los progenitores, que se establezca una custodia compartida, que uno de los dos se haya dedicado por entero al cuidado de la familia y ahora ya no pueda acceder a un puesto de trabajo, etc….

En definitiva el uso del domicilio familiar en caso de divorcio o separación, es difícil prever que pasará, sin atender a cada caso concreto, siendo prácticamente imposible establecer una norma general. De ahí que nuestra legislación atienda al criterio del «interés mas necesitado de protección» al que hacíamos referencia.

Los Jueces mayoritariamente coinciden que deberá atribuirse en función de lo que sea mas conveniente para los hijos menores y siempre que sea compatible con ello, al progenitor que tuviera objetivamente mayores dificultades de acceso a otra vivienda.

Existe alguna diferencia entre la legislacion estatal y la foral aunque la esencia viene a ser la misma. E Catalunya véase aquí.

Así entonces el uso del domicilio familiar en caso de divorcio o separación, en los casos en que por ejemplo, se otorgue la custodia exclusiva a la madre y ésta no trabaje pero sí lo haga el padre, se otorgará ese derecho a la madre por ser el progenitor en cuya compañía han quedado los hijos siendo ademas el interés mas necesitado de protección. Eso conllevaría a que el padre debería buscarse otro lugar en el que residir incrementando consecuentemente sus gastos, por lo que la pensión de alimentos también deberá ser acorde a la nueva realidad del marido quien deberá repartir su salario para atender al pago de una pensión a sus hijos, al pago de la mitad de los gastos inherentes a la propiedad (si es de alquiler deberla estudiarse) y a su propio sustento.

Claro está que la principal queja del uso del domicilio familiar en caso de divorcio o separación es de quien queda fuera de la vivienda, ya que tendrá que pagar la mitad de la hipoteca sin opción a vender, sintiéndose engañado por la propia Justicia.

Debemos aclarar que uno contribuye al pago de las cargas por ser propietario de la finca e indirectamente y puede que ciertamente disfrazado, atendiendo a la necesidad de ayuda mutua que al momento de contraer matrimonio asumimos como una obligación futura.

En cualquier caso, y a pesar de alguna excepción, SÍ PODEMOS VENDER LA PROPIEDAD A TERCEROS O COMPRAR LA MITAD ENTRE PROGENITORES.

Ello quiere decir que en la mayoría de casos se establece un USO TEMPORAL mientras se vende la vivienda que fuera familiar o mientras el progenitor en cuyo uso ha quedado encuentre trabajo y devenga a mejor fortuna o por un periodo limitado de X años sin condicionantes.

USO DEL DOMICILIO FAMILIAR EN CASO DE DIVORCIO

En Sopena & Associats, no nos cabe la menor duda que el mejor de los acuerdos posibles o la mejor decisión judicial posible, es la venta inmediata del inmueble, ya que con ello se puede acabar en gran medida con el sentimiento de desigualdad que sufre quien debe abandonar la vivienda y facilitar así un acuerdo sobre los demás hechos controvertidos. A ello le dedicaremos nuestro próximo Post.
Ahora bien, hay supuestos y supuestos.

No es lo mismo una pareja con capacidad para trabajar y generar ingresos, que una pareja en la que uno de los dos se ha dedicado por entero a la familia y que por su edad ya no cuente con dicha posibilidad.

Cada caso es diferente para el uso del domicilio familiar en caso de divorcio o separación, ya que no es lo mismo cuando una pareja tiene hijos menores a cargo sin limitación ninguna que una pareja que tiene a cargo un menor con una minusvalía importante que precisara de atención de por vida y por lo tanto, al no poder llegar a emanciparse nunca, se recomiende el uso definitivo para el menor incapacitado.

En definitiva, siempre deberá buscarse el equilibrio entre las partes prevaleciendo el interés de los niños.

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